Solicitud de viudez y orfandad
La pensión por viudez y orfandad es solicitada por la persona que era el cónyuge ó concubina(o) y a los descendientes menores de edad ó incapacidad permanente, así como por aquellos mayores de 18 años y hasta los 25 años, siempre y cuando estén estudiando en Instituciones del Sistema Educativo Nacional.
Requisitos:
Se deberá presentar:
Original de:
- Solicitud de viudez y orfandad , debidamente requisitado.
- Acta de nacimiento certificada (Fecha de expedición no mayor a 90 días y emitida por el Registro Civil) del fallecido, del cónyuge o concubina(o) y los descendientes.
- Acta de defunción certificada de la persona fallecida (Fecha de expedición no mayor a 90 días y emitida por el Registro Civil).
- Acta de matrimonio (Fecha de expedición no mayor a 90 días y emitida por el Registro Civil) ó constancia del concubinato (Original y copia)
Copia por cada uno de los beneficiarios :
- Identificación oficial vigente (INE ó pasaporte ó cartilla militar) ó formato FM3 para extranjeros.
- Carátula del estado de cuenta de una Institución Bancaria Mexicana a nombre del solicitante que inluya la CLABE interbancaria.
- Comprobante de domicilio(Con expedición no mayor a 60 días).
- Constancia de Situación Fiscal (Fecha de expedición no mayor a 30 días y emitida por el SAT).
- Constancia CURP (actualizada con leyenda “CURP certificada: verificada con el registro civil”).
- Comprobante de estudios para hijos de 16 hasta 25 años si estudian en planteles del Sistema Educativo Nacional.
- Resolución de pensión del IMSS.
Contacto:
Tel. (33) 3630-4240; (33) 3630-3207
Ext. 12593 ó 12588 ó 12593
Coordinación ó Unidad a la que pertenece:
Coordinación del Régimen de Pensiones, Jubilaciones y Prestaciones de Seguridad Social