Solicitud de viudez y orfandad

Corresponde a quien en vida fuera el cónyuge o concubina(o) del finado, así como a sus descendientes menores de edad o que presenten alguna incapacidad permanente. De igual manera, el derecho se extiende a los hijos mayores de 18 y hasta los 25 años de edad, a condición de que acrediten estar estudiando en instituciones pertenecientes al Sistema Educativo Nacional.

Requisitos:

Se deberá presentar:

Original de:

  • Solicitud de viudez y orfandad , debidamente requisitado.
  • Acta de nacimiento certificada (Fecha de expedición  no mayor a 90 días  y emitida por el Registro Civil) del fallecido, del cónyuge o concubina(o) y los descendientes.
  • Acta de defunción certificada de la persona fallecida (Fecha de expedición  no mayor a 90 días  y emitida por el Registro Civil).
  • Acta de matrimonio (Fecha de expedición  no mayor a 90 días  y emitida por el Registro Civil) ó  constancia del concubinato (Original y copia) ó sentencia de reconocimiento del concubinato del juzgado familiar.

Copia por cada uno de los beneficiarios :

  • Identificación oficial vigente  (INE ó pasaporte ó cartilla militar) ó  formato FM3 para extranjeros.
  • Carátula del estado de cuenta de una Institución Bancaria Mexicana a nombre del solicitante que inluya la CLABE interbancaria.
  • Comprobante de domicilio(Con expedición no mayor a 60 días).
  • Constancia de Situación Fiscal (Fecha de expedición no mayor a 30 días y emitida por el SAT).
  • Constancia CURP (actualizada con leyenda “CURP certificada: verificada con el registro civil”).
  • Comprobante de estudios para hijos de 16 hasta 25 años si estudian en planteles del Sistema Educativo Nacional.
  • Resolución de pensión del IMSS.

Contacto:

dirfingestionpensiones@udg.mx

Tel. (33) 3630-4240; (33) 3630-3207

 Ext. 12593 ó 12588 ó  12593

 

Coordinación ó Unidad a la que pertenece:

Coordinación del Régimen de Pensiones, Jubilaciones y Prestaciones de Seguridad Social